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Dinero e impuestos · Gastos de cierre

Gastos de cierre e impuestos al comprar propiedad en Quintana Roo

El comprador normalmente paga el impuesto de adquisición (ISABI), honorarios notariales y derechos de registro, un avalúo y los costos del fideicomiso. Al revender, México grava la ganancia del vendedor (ISR) y el notario la retiene en el cierre.

¿Qué tan vigente es esto? Los procedimientos y plazos legales en México cambian, y varían de un caso a otro. Esta guía se mantiene deliberadamente general y se revisa de forma periódica (última revisión: octubre de 2026). Úsela para entender sus opciones, no como asesoría sobre sus hechos específicos. En una primera revisión confirmamos el procedimiento y los plazos exactos de su situación.

Los gastos de cierre en Estados Unidos varían por estado y suelen incluir comisiones del banco, seguro de título, honorarios de escrow, derechos de registro y, en algunos estados, un impuesto de traslado. En México la lista es distinta, el comprador carga con la mayor parte al entrar, y el impuesto del vendedor llega a la salida.

Qué paga el comprador en el cierre

  • Impuesto sobre adquisición de bienes inmuebles (ISABI). Lo fija la ley del impuesto de adquisición de los municipios de Quintana Roo y se aplica al mayor entre el precio pactado, el valor catastral o un avalúo reciente.
  • Honorarios notariales y derechos de registro. El Notario Público redacta la escritura y la inscribe en el Registro Público de la Propiedad.
  • Avalúo. Necesario para fijar la base del impuesto.
  • Costos del fideicomiso. El permiso de la SRE, el honorario de constitución y la primera anualidad fiduciaria. Después, la anualidad se paga cada año.

En total, considere varios puntos porcentuales adicionales al precio. La cifra exacta depende del inmueble y del municipio, así que la cotizamos por operación.

Por qué un precio bajo en la escritura sale caro

Puede que le digan que declarar un precio menor en la escritura ahorra impuestos. No es así.

  1. El impuesto de adquisición se calcula sobre el mayor entre precio, valor catastral o avalúo. Un precio declarado bajo no lo mueve.
  2. El precio declarado se vuelve su costo registrado. Cuando venda, su ganancia gravable se mide desde ese número. Si lo declara de menos hoy, pagará más impuesto sobre la ganancia después.

Qué paga el vendedor al revender

México grava la ganancia del vendedor (ISR), y el notario la retiene en el cierre.

  • La exención de casa habitación rara vez aplica. Está pensada para residentes fiscales en México, así que la mayoría de los dueños extranjeros de casas vacacionales no califica.
  • Conserve cada factura de mejoras. Pueden reducir la ganancia gravable.
  • El lado de EE. UU. sigue existiendo. Los ciudadanos de EE. UU. deben declarar la venta mexicana en su declaración allá. FIRPTA es la regla paralela de EE. UU. para vendedores extranjeros de inmuebles en ese país, un recordatorio de que ambos países retienen a vendedores extranjeros.

Cómo pagar

La ley mexicana contra el lavado de dinero restringe pagar inmuebles en efectivo por encima de un umbral legal, y el notario debe identificar el origen de los fondos. Pague por transferencia bancaria rastreable, y solo a una cuenta que pertenezca a la parte nombrada en el contrato.

Qué hacer antes de comprometerse

  • Obtenga un estimado por escrito de gastos de cierre, incluidos los honorarios del fideicomiso, antes de pagar un anticipo.
  • Pregunte sobre qué valor se calculará el impuesto de adquisición.
  • Planee su impuesto de salida desde la entrada, no al revender. Abra una carpeta de facturas desde el primer día.
  • Hable con un asesor fiscal de EE. UU. sobre sus obligaciones de declaración allá.

Los impuestos son uno de siete puntos donde el sistema mexicano difiere del de EE. UU. El resto está en comprar propiedad en México vs. Estados Unidos.

Esta guía es información general, no asesoría legal ni fiscal para una operación específica. Las reglas de EE. UU. varían por estado. Consulte a un asesor fiscal de EE. UU. sobre sus obligaciones de declaración allá.

Fuentes

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¿Qué gastos de cierre paga el comprador en Quintana Roo?

Normalmente el impuesto sobre adquisición de bienes inmuebles (ISABI), honorarios notariales, derechos del Registro Público, el avalúo y, para un comprador extranjero, los costos del fideicomiso: el permiso de la SRE, el honorario de constitución y la primera anualidad. Considere varios puntos porcentuales adicionales al precio, y obtenga la cifra exacta por escrito antes de comprometerse.

¿Cómo se calcula el impuesto de adquisición?

Conforme a la ley del impuesto sobre adquisición de bienes inmuebles de los municipios de Quintana Roo, el impuesto se aplica al mayor de tres valores: el precio pactado, el valor catastral o un avalúo reciente. La tasa la fija esa ley. Cotizamos la cifra exacta por operación.

¿Declarar un precio menor en la escritura ahorra dinero?

No. La base del impuesto es el mayor entre precio, valor catastral o avalúo, así que un precio declarado bajo no reduce el impuesto de adquisición. Sí reduce su costo registrado, lo que aumenta su propio impuesto sobre la ganancia cuando venda.

¿Los extranjeros pagan impuesto al vender una propiedad en México?

Sí. México grava la ganancia del vendedor (ISR), y el notario la retiene en el cierre. La exención de casa habitación está pensada para residentes fiscales en México, así que la mayoría de los dueños extranjeros de casas vacacionales no califica. Las facturas de mejoras pueden reducir la ganancia gravable.

¿Puedo pagar una propiedad en México en efectivo?

La ley mexicana contra el lavado de dinero restringe pagar inmuebles en efectivo por encima de un umbral legal, y el notario debe identificar el origen de los fondos. Pague por transferencia bancaria rastreable.

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